OTRAS GESTIONES


DESTACAMOS LA PRESENTACION ANTE FISCALIA DE ESTADO DE NOTA FUNDADA RECLAMANDO CUMPLIMIENTO DE LA EXORTACION DE LA JUSTICIA EN RELACION A LA ACTUALIZACION DEL M2 DE CONSTRUCCION, COMO CULMINACION DEL JUCIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE JUBINAR CONTRA GOBIERNO PROVINCIA DE CORDOBA, CON SENTENCIA POSITIVA Y HONORARIOS A CARGO DE LA PROVINCIA.


DESTACAMOS LA CULMINACION DEL JUCIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE JUBINAR CONTRA GOBIERNO PROVINCIA DE CORDOBA, CON SENTENCIA POSITIVA Y HONORARIOS A CARGO DE LA PROVINCIA. (Boletin 17 agosto)


DISCRIMINACION

En Boletin digital JUBINAR del 1° de abril 2020 se denunciaron 4 acciones DISCRIMINATORIAS contra los Jubilados, a saber:
• 1° DISCRIMINACION SE EXCLUYE A LOS JUBILADOS DE LA JUNTA ELECTORAL
• 2° DISCRIMINACION SE AGREGA LIMITACIONES A LA ACCION DE LOS SUPLENTES En Acta N° 1 (17/02/2020) la Junta Electoral, en su punto 3) …resuelve la participación en las reuniones de los profesionales designados como suplentes, según la siguiente modalidad: reemplazando en ausencia a miembros Titulares y cuando sean convocados para emitir opinión con voz y sin voto.”
• 3° DISCRIMINACION LA MISION DE LOS APODERADOS ES CERCENADA
• 4° DISCRIMINACION EXCLUYERON DE LOS LUGARES DE VOTACION AL CENTRO DE PROFESIONALES JUBILADOS DE LA INGENIERIA, ARQUITECTURA, AGRIMENSURA, AGRONOMIA Y PROFESIONALES DE LA CONSTRUCCION DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Alertamos a todos los JUBILADOS Y PENSIONADOS de la Caja Ley 8470 - socios y no socios JUBINAR - sobre estas acciones DISCRIMINATORIAS que apuntan a debilitar la presencia de los AFILIADOS PASIVOS en la dirección de nuestra Caja de Previsión y a neutralizar las acciones gremiales del Centro JUBINAR, única institución que respalda a los Jubilados Caja 8470.

NO SE DESCARTAN ACCIONES LEGALES

SOLICITADA EN LA PRENSA ESCRITA

JUBINAR expuso a consideración publica y de los poderes del Estado, la situación de los Jubilados Caja 8470 mediante un SOLICITADA en los diarios LA VOZ DEL INTERIOR y COMERCIO Y JUSTICIA en la edición del 14 de noviembre 2019.
El texto de la SOLICITADA es el siguiente:

Dado el exiguo e insuficiente monto del haber jubilatorio que paga nuestra Caja de Previsión – Ley 8470 ($ 20.000) este Centro de Profesionales Jubilados inició las acciones pertinentes a fin de conocer las causales de tan injusta remuneración, Así, el H.Directorio de nuestra Caja de Previsión nos respondió que “lamentablemente es muy bajo el porcentaje de cumplimiento e pago de las contribuciones de la Obra Pública que corresponde aportar por Ley”.
Esto hace notoria la falencia existente en la actuación de las autoridades públicas, no sólo provinciales, sino también municipales y nacionales, ya que, como tales, son participes el eventual incumplimiento de las obligaciones previsionales emergentes de la Ley 8470, por parte de las Empresas Contratistas.
Cabe destacar que este incumplimiento quedaría resuelto con sólo retener las respectivas contribuciones en cada obra que ejecute el estado, y realizar las transferencias a nuestra Caja de Previsión, que en reiteradas oportunidades inició gestiones en los ministerios con los que esta vinculada sin resultado alguno.
Por este motivo nuestro Centro inició oportunamente acciones legales sobre esta materia.

Por otra parte, estas obligaciones de las autoridades surgen también de lo establecido en los Art. 55 y 57 de la Constitución Provincial, poniendo a cargo del Estado la garantía “del efectivo cumplimiento de un régimen de seguridad social que proteja a todas las personas… con irrenunciabilidad e irreductibilidad de beneficios y prestaciones.”
Queremos, por último, remarcar que esta ilegalidad debe ser resuelta a la mayor brevedad, no sólo por parte de nuestra Caja de Previsión, sino fundamentalmente por las autoridades gubernamentales correspondientes, quienes tienen a su cargo la contratación y pago de TODA OBRA PUBLICA, en vista de la deplorable situación de nuestros jubilados y de la paulatina desfinanciación de nuestra Caja de Previsión – Ley 8470.
Arq. Ricardo Gorini
Presidente
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COBRO CUOTA SOCIAL JUBINAR

Nuestro Centro Jubinar efectuo una exitosa gestión ante el Banco de Córdoba, durante el año 2017, con el objeto de cerrar un convenio de acreditación con dicho Banco para percibir las cuotas societarias, tal como fuera aprobado en Asamblea Extraordinaria del 6 de Diciembre de 2016.
Ello nos permitió la independencia económica de la Caja Ley 8470, que anteriormente efectuaba esa tarea y hoy podemos informar a nuestros Socios que la cuota social es descontada en sus cuentas bancarias donde percibe su Haber Jubilatorio , facilitando asi la operación de pago.
La actualización del importe de la cuota JUBINAR acompaña la actualización del Haber Jubilatorio Caja Ley 8470

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